AESA simplifica la tramitación urbanística en Madrid mediante una exención de servidumbres aeronáuticas

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha aprobado una resolución que exime de la necesidad de solicitar el acuerdo previo en materia de servidumbres aeronáuticas para determinadas actuaciones ubicadas en amplias zonas del término municipal de Madrid. Esta medida contribuye a agilizar la tramitación de numerosos expedientes urbanísticos, reduciendo cargas administrativas para promotores y técnicos.

La exención resulta aplicable exclusivamente a las áreas identificadas como «Zona exenta» en la cartografía oficial publicada por AESA y siempre que se cumplan las condiciones previstas en la resolución.

Aspectos más relevantes

  • Se elimina la obligación de solicitar el acuerdo previo de AESA para determinadas construcciones, instalaciones o plantaciones situadas dentro de las zonas exentas.
  • La altura máxima autorizada para acogerse a esta exención es de 45 metros sobre el terreno circundante, incluidos todos los elementos añadidos a la construcción.
  • Quedan excluidas las actuaciones que puedan afectar a la seguridad aérea, tales como vertederos, balsas de agua, instalaciones generadoras de humos o polvo, y determinadas instalaciones susceptibles de producir deslumbramientos.
  • La exención no exime del cumplimiento de la restante normativa sectorial aplicable ni de las coordinaciones que puedan resultar necesarias con ENAIRE o los gestores aeroportuarios competentes.

¿Qué implica para los expedientes urbanísticos?

Esta resolución supone una importante mejora en la gestión administrativa de licencias y declaraciones responsables en Madrid, al eliminar un trámite previo que hasta ahora era obligatorio en numerosos casos. No obstante, antes de iniciar cualquier procedimiento urbanístico resulta imprescindible comprobar si la actuación se encuentra dentro de una zona exenta y verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas por AESA.

Desde EQA Licencias Urbanísticas recomendamos revisar la afección de servidumbres aeronáuticas en las fases iniciales de cada proyecto para confirmar la aplicación de esta exención y optimizar los plazos de tramitación.

>> El Boletín Oficial del Estado (BOE n.º 182, de 27 de julio de 2026) ha publicado la Resolución de 29 de junio de 2026, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, de exención a la solicitud de acuerdo previo en materia de servidumbres aeronáuticas para el término municipal de Madrid.