Una de las novedades en las que el público parece estar más interesado es la de implantar los denominados “Club de fumadores”. La Comisión de seguimiento e interpretación de la OTMLU ha abarcado este tema tan controvertido indicando que: Tal y como establece la Ley 28/2005, de 26 de diciembre en su la Disposición Adicional […]
DEROGADO! *** INSTALACION DE EQUIPOS DE TV O REPRODUCCIÓN DE MÚSICA
Otra de las cuestiones más frecuentes en la ECLU es la de implantar un equipo de reproducción musical o televisión en las distintas actividades. En este sentido se ha pronunciado la Comisión de seguimiento e interpretación de la OTMLU estableciendo que: Los bares, café-bares, salones de té y croissanterías no pueden instalar ningún tipo de […]
MÁQUINAS EXPENDEDORAS
En la ECLU se nos plantea continuamente la posibilidad de implantar la actividad de comercio minorista de alimentación, poniendo el producto a disposición del consumidor exclusivamente mediante máquinas expendedoras instaladas en un establecimiento independiente abierto al público y funcionando las 24 horas del día. La Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación, concretamente […]
VENTA DE ANIMALES Y CENTROS DE TRATAMIENTO HIGIENICO Y/O SANITARIO DE ANIMALES II
– DEPENDENCIAS OBLIGATORIAS PARA LA INSTALACION DE TRATAMIENTO HIGIENICO 1. Zona de uso público o sala de espera. Cuando se ejerza la actividad de centro de tratamiento higiénico con la de tratamiento sanitario, se podrá compartir la sala de espera. 2. Zona de tratamiento. Será de uso exclusivo y aislada de otras dependencias. 3. Servicios […]
VENTA DE ANIMALES Y CENTROS DE TRATAMIENTO HIGIENICO Y/O SANITARIO DE ANIMALES
La Ordenanza Reguladora de la tenencia y protección de los animales del Ayuntamiento de Madrid diferencia entre: – Centro de Venta de Animales de Compañía, Alimentos y Accesorios: Establecimiento dedicado a la venta de animales, así como productos para su alimentación y accesorios destinados para su tenencia y cuidado. – Centro de Tratamiento Sanitario: Establecimiento […]
LICENCIAS PARA PELUQUERIAS, CENTROS DE ESTETICA E INSTITUTOS DE BELLEZA II
6.-Condiciones especificas de las peluquerías Las peluquerías deberán contar con: – Servicio higiénicos con anteservicio y separación de sexos. (si atienden a hombres y mujeres) – Pila independiente, dotada de agua fría y caliente para limpieza de material. – Si se realiza depilación deberá disponer de cabina. (que cumpla con las condiciones del apartado 7 […]
LICENCIAS PARA PELUQUERIAS, CENTROS DE ESTETICA E INSTITUTOS DE BELLEZA
El Anexo II de la OGLUA establece en su artículo 3.3 que se tramitarán por Implantación o Modificación de Actividades <<Los institutos de belleza, y otros servicios de estética que por exigencias básicas de seguridad en caso de incendios y/o medioambientales no estén encuadradas en alguno de los demás apartados>> Desde EQA Licencias Urbanísticas hemos […]
PISCINAS: REQUISITOS TECNICOS IV
10.VESTUARIOS Y ASEOS Los vestuarios con dos accesos independientes: para personas vestidas y otro con acceso al recinto del baño .En piscinas de hoteles y viviendas próximas se EXIMEN duchas y vestuarios. -No se eximen en hoteles con acceso libre de usuarios – Los aseos son SIEMPRE obligatorios (siempre con agua corriente potable, dosificador de […]
PISCINAS: REQUISITOS TECNICOS III
6. ZONA DE BAÑO Y PEDILUVIOS La zona de baño= vaso+andén perimetral. Deberá estar diferenciado mediante barreras de protección En las piscinas que el acceso de niños a la zona de baño no esté controlado, las barreras de protección impedirán su acceso, excepto a través de los puntos previstos con sistema de cierre y bloqueo […]
PISCINAS: REQUISITOS TECNICOS II
2.SISTEMAS DE DESAGÜE Existirá desagüe por el fondo que permita la eliminación rápida de agua y sedimentos (Art9.1 OPIS). Las conducciones de evacuación de agua abocarán a la red de alcantarillado general (Art9.1 OPIS) El desagüe del fondo del vaso se realizará mediante una salida protegida mediante sistema de seguridad que impida el atrapamiento de […]

