- Home
- »
- Licencias EQA en la Generalitat Valenciana
- »
- ECMCA – Entidad Colaboradora en Materia de Calidad Ambiental de la Comunidad Valenciana
- »
- Comunicación Previa Ambiental en la Comunidad Valenciana
Comunicación Previa Ambiental en la Comunidad Valenciana
La Comunicación Previa Ambiental (CPA) es el procedimiento más ágil para poder abrir una actividad de bajo impacto en la Comunidad Valenciana. Se aplica a negocios que, sin estar obligados a obtener una Licencia Ambiental o una Autorización Ambiental Integrada, deben acreditar ante el ayuntamiento que cumplen con la normativa medioambiental.
UN TRÁMITE MÁS ÁGIL PARA ACTIVIDADES DE BAJO IMPACTO
¿Qué es la Comunicación Previa Ambiental?
La Comunicación Previa Ambiental (CPA) es el procedimiento más sencillo dentro de la normativa ambiental de la Comunidad Valenciana. Está regulada en el Anexo III de la Ley 6/2014 y se aplica a aquellas actividades que, aunque tienen cierta incidencia sobre el medio ambiente, no alcanzan el nivel de exigencia de la Licencia Ambiental ni de la Autorización Ambiental Integrada (AAI).
En la práctica, este trámite consiste en informar al ayuntamiento antes de iniciar la actividad, adjuntando la documentación técnica necesaria para demostrar que se cumplen las condiciones medioambientales aplicables.
CUMPLE CON LA LEY SIN COMPLICACIONES
¿Cuándo se exige la Comunicación Previa Ambiental?
Este procedimiento está pensado para actividades con impacto reducido. Algunos ejemplos habituales son:
-
Pequeños comercios y locales de servicios.
-
Oficinas y despachos profesionales.
-
Talleres y negocios sin emisiones significativas ni vertidos contaminantes.
-
Actividades de restauración de baja capacidad.
Aunque la CPA es más sencilla que otros trámites, no presentarla correctamente puede paralizar tu proyecto o derivar en sanciones. Por eso es fundamental acompañar la comunicación con la documentación adecuada.
EQA TE AYUDA A INICIAR TU ACTIVIDAD SIN RETRASOS
¿Cómo te acompaña EQA en este trámite?
En EQA ECMCA revisamos toda la documentación necesaria y te acompañamos en la presentación ante el ayuntamiento. Nuestro equipo se asegura de que:
-
La comunicación se realiza de acuerdo con la Ley 6/2014 y la ordenanza municipal correspondiente.
-
La memoria técnica cumple con los requisitos ambientales aplicables.
-
Se eviten errores que retrasen la apertura de tu actividad.
Además, como Entidad Colaboradora en Materia de Calidad Ambiental, acreditada por ENAC y habilitada por la Generalitat Valenciana, te damos la garantía de seguridad jurídica y técnica que tu negocio necesita.
UN PROCESO RÁPIDO Y SEGURO
Ventajas de tramitar tu Comunicación Previa Ambiental con EQA
Elegir a EQA ECMCA significa contar con un socio que entiende tu urgencia por abrir el negocio cuanto antes, pero sin poner en riesgo la legalidad de tu actividad. Con nosotros ganas:
-
Rapidez en el trámite, gracias a la validación previa de la documentación.
-
Seguridad jurídica, porque cumplimos con la normativa aplicable en cada municipio.
-
Experiencia acreditada, con más de 20 años ayudando a empresas a cumplir la normativa ambiental.
-
Tranquilidad, sabiendo que tu actividad podrá empezar sin contratiempos.
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes sobre la Comunicación Previa Ambiental
En esta sección respondemos a las preguntas más habituales sobre la Comunicación Previa Ambiental, para que tengas claro qué necesitas y cómo EQA ECMCA te ayuda a iniciar tu actividad con todas las garantías.
La Comunicación Previa aplica a actividades de menor incidencia ambiental. La Licencia Ambiental se exige cuando el impacto es moderado, y la AAI cuando es alto.
En la mayoría de los casos, una vez presentada la comunicación con toda la documentación requerida, la actividad puede comenzar, salvo que el ayuntamiento establezca requisitos adicionales.
Normalmente se exige una memoria técnica de la actividad, informe acústico cuando proceda y justificación del cumplimiento de la normativa sectorial.
Puedes enfrentarte a sanciones y al cierre inmediato de tu negocio hasta regularizar la situación.
Se concede por tiempo indefinido, pero puede revisarse si cambian las condiciones de la actividad o de la normativa.

