Nueva Ordenanza de Calidad de Aire y Sostenibilidad
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El pasado 16 de abril se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) la nueva Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad.
Esta nueva Ordenanza es crucial a efectos de tramitación de Licencias y Declaraciones responsables ya que modifica algunos artículos de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano (OGPMAU).
Así pues, el artículo 24 sobre excepciones a la instalación de conductos de evacuación a cubierta establece que la suma de la potencia útil nominal conjunta de determinados elementos (microondas, tostadoras, hornos…) deberá ser igual o inferior a 4 Kw.
Cabe destacar que en su Anexo II se regulan las distancias y condiciones técnicas de los puntos de evacuación de las instalaciones de refrigeración y ventilación forzada.
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El plazo máximo de resolución de la reclamación por parte de EQA Licencias Urbanísticas será de un mes. Cuando la resolución sea desfavorable, o bien cuando no se resuelva expresamente, el solicitante tiene el derecho a trasladar la reclamación ante el órgano competente del Ayuntamiento de Madrid en el plazo de quince días hábiles.
Los datos personales aportados en la reclamación serán recogidos y tratados por EQA Licencias Urbanísticas con la única finalidad de gestionar el expediente, garantizando la entidad la confidencialidad de los mismos para cualquier otro fin distinto del anterior.