INFORMACIÓN QUE DEBO APORTAR A UNA ECLU CUANDO QUIERO PONER PUBLICIDAD EXTERIOR
Cerrado fines de semana
Actualmente la ECLU es la responsable de autorizar la publicidad exterior en los edificios (salvo que sus fachadas se encuentren protegidas, en ese caso se tramitarán por procedimiento ordinario, que las ECLUS podrán tramitar a partir de Abril de 2011).
Dicha autorización se podrá solicitar de forma independiente (simplemente solicitar la instalación de un elemento publicitario) o conjuntamente con la licencia de obras y actividad.
Si queremos colocar cualquier elemento de publicidad exterior (muestra, banderín, banderola….con o sin iluminación) deberá justificarse en la Memoria del proyecto el cumplimiento de la Ordenanza de Publicidad Exterior,
http://www.madrid.es/boletines-vap/generacionPDF/ANM2009_2.pdfidNormativa=4058789b9ef5f110VgnVCM1000000b205a0aRCRD&nombreFichero=ANM2009_2&cacheKey=22 , así como aportar fotografía de la fachada donde se pretende colocar y reflejar la instalación del elemento publicitario en los planos debidamente acotados.
Completa el formulario y uno de nuestros técnicos se pondrá en contacto contigo para ofrecerte un presupuesto adaptado a tu proyecto.
El plazo máximo de resolución de la reclamación por parte de EQA Licencias Urbanísticas será de un mes. Cuando la resolución sea desfavorable, o bien cuando no se resuelva expresamente, el solicitante tiene el derecho a trasladar la reclamación ante el órgano competente del Ayuntamiento de Madrid en el plazo de quince días hábiles.
Los datos personales aportados en la reclamación serán recogidos y tratados por EQA Licencias Urbanísticas con la única finalidad de gestionar el expediente, garantizando la entidad la confidencialidad de los mismos para cualquier otro fin distinto del anterior.