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Licencia Ambiental en la Comunidad Valenciana
La Licencia Ambiental es el permiso obligatorio para aquellas actividades que, sin alcanzar el nivel de impacto de la Autorización Ambiental Integrada (AAI), pueden generar efectos sobre el entorno. Es un requisito previo para poder abrir, modificar o ampliar tu negocio, y su ausencia puede implicar sanciones, cierres y la imposibilidad de operar legalmente.
REQUISITO CLAVE PARA INICIAR TU ACTIVIDAD
¿Qué es la Licencia Ambiental en la Comunidad Valenciana?
La Licencia Ambiental es la autorización que concede el ayuntamiento para que una empresa o negocio pueda iniciar su actividad, siempre que cumpla con las normas medioambientales.
Afecta a todas aquellas actividades —públicas o privadas— que, sin estar sometidas a Autorización Ambiental Integrada (AAI), tienen un nivel moderado de incidencia en el entorno (ruidos, emisiones, residuos, etc.).
En definitiva: sin Licencia Ambiental no puedes abrir tu actividad de forma legal y te expones a sanciones y a la suspensión inmediata de tu negocio.
EVITA MULTAS Y RETRASOS EN TU PROYECTO
¿Cuándo necesitas la Licencia Ambiental?
La Licencia Ambiental es obligatoria para numerosas actividades recogidas en la Ley 6/2014 de Prevención, Calidad y Control Ambiental. Algunos ejemplos son:
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Talleres mecánicos y actividades de reparación.
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Almacenes y actividades logísticas.
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Industrias de alimentación y transformación.
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Pequeñas fábricas con emisiones o vertidos controlados.
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Negocios con generación de residuos o molestias acústicas.
Si no solicitas esta licencia antes de abrir, tu expediente quedará bloqueado y el ayuntamiento puede paralizar la actividad.
DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITE CON EL AYUNTAMIENTO
¿Cómo se solicita la Licencia Ambiental?
El procedimiento comienza con la presentación de la solicitud en el ayuntamiento donde se ubique la actividad, acompañada de la documentación exigida:
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Proyecto de actividad redactado por un técnico competente.
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Estudio acústico y de impacto ambiental (cuando corresponda).
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Informe urbanístico municipal.
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Declaración de interés comunitario, si procede.
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Resumen no técnico para facilitar la información pública.
El expediente se somete a información pública durante al menos 20 días y se recaban informes de otros organismos antes de su resolución. El plazo máximo legal para resolver es de seis meses, aunque en muchos casos se alarga por defectos de forma en la documentación.
EQA ECMCA TE DA TRANQUILIDAD
¿Por qué tramitar tu Licencia Ambiental con EQA?
En EQA ECMCA nos aseguramos de que tu expediente llegue al ayuntamiento completo y correcto desde el primer día. Esto evita devoluciones, subsanaciones y retrasos que pueden bloquear tu negocio durante meses.
Como Entidad Colaboradora en Materia de Calidad Ambiental (ECMCA) acreditada por ENAC y habilitada por la Generalitat Valenciana:
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Validamos la documentación técnica antes de su presentación.
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Emitimos certificados con la misma validez legal que los de la administración.
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Reducimos los plazos al evitar errores y subsanaciones innecesarias.
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Te acompañamos en cada fase del proceso hasta la resolución final.
Con EQA, tu proyecto se tramita de forma ágil, segura y con plena validez legal.
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes sobre la Licencia Ambiental
La AAI despierta muchas dudas en empresas que se enfrentan por primera vez a este trámite. Estas son algunas de las preguntas más comunes:
La AAI se exige a grandes instalaciones de alto impacto, mientras que la Licencia Ambiental aplica a actividades con incidencia ambiental moderada pero igualmente relevantes.
Puedes recibir sanciones económicas, además de la orden de cierre inmediato hasta regularizar tu situación.
El plazo legal es de seis meses, aunque puede prolongarse si el expediente está incompleto. Con EQA ECMCA reducimos estos tiempos validando la documentación desde el inicio.
Sí, debe presentarlo un técnico competente y puede incluir estudios acústicos, de impacto ambiental o de gestión de residuos según la actividad.
Se concede por tiempo indefinido, pero puede revisarse si cambian las condiciones de la actividad o de la normativa.

