Publicado en el BOCM plan de acción viviendas turísticas
Se publica el BOCM el Acuerdo por el que se suspende los actos de uso del suelo, de construcción y de ejecución de actividades a los efectos de la elaboración y tramitación de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana para la regulación del uso residencial y terciario.
Se suspende la realización de actos de uso del suelo, de construcción y edificación y de ejecución de actividades, excepto licencias de primera ocupación y funcionamiento que sean consecuencia de obras y de actividades con título habilitante otorgado con anterioridad a la entrada en vigor de este acuerdo de suspensión, en el ámbito territorial definido en el apartado 2 del artículo 7.6.3 bis de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 y con el siguiente alcance:
1. En edificaciones cuyo uso existente sea residencial:
— La implantación del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje en parte de la edificación, en cualquier situación dentro del edificio.
— En los niveles C y D de usos de la Norma Zonal 1, la transformación de local a uso residencial.
2. En edificaciones cuyo uso existente sea distinto del residencial:
— La implantación del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje, en la modalidad de viviendas de uso turístico, en planta baja.
