Ley 1/2019, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia

regeneracion zonas urganas galicia

Hoy, 22 de mayo entra en vigor la Ley 1/2019, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia publicada el pasado día 2 en el DOG.


Esta ley surge con el objetivo de servir como herramienta legal que facilite las actuaciones de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación urbanas, con la finalidad de mejorar las edificaciones y los espacios públicos y servir además de instrumento para el desarrollo económico, buscando la preservación de nuestro patrimonio edificado y la dinamización de la actividad comercial de nuestros pueblos y ciudades.


La ley persigue, en aplicación de los principios de proporcionalidad y eficiencia, simplificar las tramitaciones administrativas necesarias para la realización de las actuaciones de rehabilitación, a fin de impulsar la participación pública y privada en las actuaciones de regeneración y renovación, de forma que EQA ECCOM mejora la labor para informar y certificar la conformidad municipal de las actividades de nueva implantación y actualización de las existentes.


Entre las principales novedades figura la simplificación de los procesos para rehabilitar, ampliando los supuestos para la concesión de licencias directas por parte de los concellos. La potestad municipal servirá para abordar sin más trámites las reformas en cubiertas, carpinterías exteriores, fachadas y trabajos en el interior de las edificaciones. Se podrán unir los locales de negocio en plantas bajas de varias edificaciones. Se incluyen asimismo medidas orientadas a agilizar la tramitación de las autorizaciones administrativas para las intervenciones de rehabilitación en los caminos de Santiago.

Descargar aqui.

Solicita tu presupuesto

Completa el formulario y uno de nuestros técnicos se pondrá en contacto contigo para ofrecerte un presupuesto adaptado a tu proyecto.

Reclamaciones

El plazo máximo de resolución de la reclamación por parte de EQA Licencias Urbanísticas será de un mes. Cuando la resolución sea desfavorable, o bien cuando no se resuelva expresamente, el solicitante tiene el derecho a trasladar la reclamación ante el órgano competente del Ayuntamiento de Madrid en el plazo de quince días hábiles.

 Los datos personales aportados en la reclamación serán recogidos y tratados por EQA Licencias Urbanísticas con la única finalidad de gestionar el expediente, garantizando la entidad la confidencialidad de los mismos para cualquier otro fin distinto del anterior.